Foto: Josefina Gutiérrez (centro)
Luego del Gran Prix que se llevó a cabo en Cochabamba el pasado fin de semana salió a discusión nuevamente el tema de la altura y ha llevado a que tanto el Comité Olímpico de Bolivia y la Federación Chilena de Atletismo se pronuncien al respecto.
La atleta chilena Josefina Gutiérrez consiguió batir el récord de su país en los 100 metros planos con una nueva marca de 11.51 segundos, la anterior era de 11.58 segundos conseguido por Isidora Jiménez, sin embargo esta marca no fue aceptada por la Federación Chilena de Atletismo.
En la página oficial del Comité Olímpico Boliviano se publicó la molestia que produjo este hecho en la Federación Boliviana de Atletismo la cual califica de “discriminación” y el titular de esta Federación Boliviana de Atletismo, Gonzalo Prado, declaró lo siguiente, “Yo creo que es discriminar un poco en vista de que cuando un deportista está bien formado técnica y físicamente, entonces puede participar en cualquier latitud”.
En horas de la tarde de este martes la Federación Chilena de Atletismo se pronunció al respecto afirmando que desde el pasado año existe el circular llamado “Marcas Mínimas Referenciales y Criterios de Selección 2014”, que indica que para ciertas pruebas, las marcas conseguidas a más de 1.600 metros de altitud, no pueden ser validadas. El comunicado de la Federación Chilena menciona lo siguiente:
La Federación Atlética de Chile ante las numerosas consultas a raíz de la marca efectuada por nuestra atleta señorita Josefina Gutiérrez en el Grand Prix de Cochabamba el pasado viernes 17 de mayo, en el cual registró un crono de 11.51 segundos en los 100 metros planos (+0.1 de viento), entrega a los medios de comunicación y opinión pública la siguiente información:
1.- La Federación Atlética de Chile, como entidad rectora del atletismo chileno, tiene como objetivo fundamental el apoyar el desarrollo y el progreso de su deporte y en ese marco, el mejoramiento de los registros en todas las pruebas atléticas es algo que nos alegra y nos hace sentir que estamos trabajando de manera correcta en el cumplimiento de la labor encomendada por nuestras bases. Todo progreso de nuestros atletas es motivo de satisfacción para nuestra institución.
2.- La Federación Atlética de Chile, como se le expresó personalmente a nuestra atleta señorita Josefina Gutiérrez y a su entrenador señor Gerardo San José apenas producida esta marca, reconoce y se alegra del progreso de nuestra velocista, quien sin duda es y seguirá siendo puntal para el desarrollo de la velocidad chilena tanto por su rendimiento deportivo como por sus cualidades personales que la hacen un ejemplo como atleta y como persona. Cuenta en esa tarea con el apoyo irrestricto de su Federación.
3.- La Federación Atlética de Chile en su circular del 21 de enero del presente año y que se origina en 2013, “Marcas Mínimas Referenciales y Criterios de Selección 2014”, señala que, “todas las marcas mínimas para eventos internacionales y récord de Chile, deben ser realizadas en competencias de calendarios oficiales de sus respectivos países, con cronometraje electrónico, y con altura máxima de 1.600 mts.”. Otros países de reconocida jerarquía técnica en el atletismo, están desde hace algún tiempo aplicando similares normativas respecto de los registros efectuados en altura. Citamos al respecto la reglamentación de la Confederación Brasileña de Atletismo, que incluso restringe la validez de los registros a los 1.500 metros sobre el nivel del mar.
4.- Este tipo de normativas se basa en el hecho científicamente comprobado de que en ciertas pruebas atléticas la altitud otorga un grado de beneficio, y en cambio perjudica el rendimiento en otras, convirtiéndose entonces en una condicionante especial para el rendimiento. Tanto es así que la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo IAAF reconoce como récords las marcas hechas en altura, pero las anota con una A, para indicar que se trata de una marca hecha bajo una condición especial como es la altura en cuanto al rendimiento. Así, la IAAF si bien indica que son marcas bajo condiciones especiales, permite que países que mayoritariamente tienen pistas situadas en territorios de altura, puedan efectuar torneos y puedan desarrollar su atletismo en igualdad y equidad.
5.- La Federación Atlética de Chile, mucho más allá del tema técnico y científico que avala esta normativa, buscará siempre y por sobre todo, establecer criterios y principios de equidad e igualdad de oportunidades para todos nuestros deportistas. Y es por ello que si bien la actual normativa vigente no permite validar la marca de nuestra atleta señorita Josefina Gutiérrez como récord de Chile, es nuestra convicción que el deporte siempre debe buscar vías de inclusión y en este marco, y tal como se le planteó inmediatamente producida esta marca al entrenador de la atleta, creemos importante revisar el tema no sólo en este caso en específico, sino considerando todos los criterios ya mencionados, para todos nuestros atletas, de todas las especialidades y en todo tipo de condicionantes especiales para el rendimiento.
6.- La Federación Atlética de Chile acoge y agradece el interés de los medios de comunicación y comunidad atlética en general y los invita a seguir apoyando cada marca y cada logro de los atletas chilenos.
La situación preocupa bastante a las autoridades deportivas de Bolivia y debe ser tomada con pinzas, para ver cómo revertir esta situación, ya que todo evento o torneo que se realice en nuestro país será minimizado y los propios atletas dejarán de asistir al saber que su trabajo será ignorado, en un verdadero acto de discriminación y de absurda exclusión de la Federación Chilena.